viernes, 27 de marzo de 2009

Contrato a Tiempo Parcial

CONTRATO A TIEMPO PARCIAL

Grupo 6: Rodica, Yovana, Jorge Ivan
Grupo: 4º Diversificación
Materia: Transición a la Vida Adulta y Activa


Contrato a tiempo parcial para trabajos fijos de carácter discontinuo

B. Duración definida
Contrato de trabajo a tiempo parcial en régimen de jubilación anticipada y de relevo.


CONTRATO A TIEMPO PARCIAL

Un contrato es el tiempo parcial cuando se presentan servicios laborales inferiores al tiempo completo en el trabajo de que se trate, que se trabaje menos horas al día, a la semana, al mes o al año, por u tiempo inferior al considerado habitualmente o tiempo completo.
Se entenderá por trabajador a tiempo completo comparable a un trabajador a tiempo completo de la misma empresa y centro de trabajo, con el mismo tipo de contrato de trabajo y que realice un trabajo idéntico o similar. Si en la empresa no hubiera ningún trabajador comparable a tiempo completo, se considerará la jornada a tiempo completa prevista en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal.

Pueden ser dos tipos:
  • de duración indefinida, o
  • de duración determinada.
Con las consiguientes modalidades en uno y otro caso.


Modalidades de contrato a tiempo parcial:

Duración indefinida.
Contrato a tiempo parcial para trabajos fijos de carácter discontinuo

Requisitos de los trabajadores
Cualquier trabajador mayor de 16 años con capacidad para ser contratado.

Duración
Por tiempo indefinido o por duración determinada en aquellos supuestos en los que se prevea tal posibilidad en la correspondiente norma. Si la duración efectiva de estos contratos fuera inferior a siete días, la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes se incrementará en un 36%.
El contrato a tiempo parcial se entenderá celebrado por tiempo indefinido cuando se concierte para realizar trabajos fijos y periódicos dentro del volumen normal de actividad de la empresa.
Está permitida la celebración a tiempo parcial en las siguientes modalidades de contratación de duración determinada:
  • Contratación para la realización de una obra o servicio determinado.
  • Contratación por circunstancias del mercado, acumulación de tareas o excesos de pedidos.
  • Contratación para sustitución de trabajadores con reserva del puesto de trabajo.
Siempre que la jornada del trabajador sustituido fuese a tiempo parcial, el contrato complemente la jornada reducida de trabajadores con reducción de la misma por ejercicio del derecho reconocido en el artículo 37, apartados 4 y 5, del Estatuto de los Trabajadores, o que de conformidad con lo establecido legal o convencionalmente se haya acordado una reducción temporal de jornada del trabajador sustituido, así como cuando los trabajadores disfruten a tiempo parcial del permiso de maternidad, adopción o acogimiento, y por último si el puesto de trabajo objeto de cobertura temporal fuese a tener una cobertura definitiva a tiempo parcial.
Contratos en prácticas.
Contrato de relevo, pretende favorecer la jubilación anticipada y el empleo juvenil.
No está permitida la celebración a tiempo parcial en los contratos para la formación y en la modalidad contractual de anticipación de la edad de jubilación como medida de fomento del empleo.

Duración definida
Contrato de trabajo a tiempo parcial en régimen de jubilación anticipada y de relevo. Diferencia entre tiempo temporal y tiempo parcial.

Contrato a tiempo parcial en régimen de jubilación anticipada y de relevo
Este tipo de modalidad afecta a dos clases de trabajadores el que se jubila y un joven sin empleo. Las condiciones son:

Para el que se jubila: Un trabajador al que le falte de máximo tres años para su jubilación, acuerdo con la empresa de reducir su jornada y su salario al 50 %, ala vez solicitando la pensión de jubilación parcial. Que la empresa concierte un contrato a un trabajador de tiempo parcial para que cubra la jornada, que no realiza el trabajador que se va a jubilar.
Cuando el trabajador ha solicitado reducir su jornada y salario ala mitad, cuando llegue ala edad de su jubilación y haya cumplido el reglamento, tiene derecho ala pensión correspondiente sin ninguna reducción quedara como si estuviera trabajando a tiempo completo su pensión.

Para el joven: se le denomina contrato de relevo, su duración será hasta que el otro obtenga su jubilación (máximo tres años), la jornada y el salario laboral será de el 50% en este situación.

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