viernes, 2 de abril de 2010

Articulo 2 ET

Trabajos que tienen una regulacion especial en contrato laboral:

-El personal de alta dirección.
-El servicio del hogar.
-Penados en instituciones penitenciarias.
-Deportistas profesionales.
-Artistas en espectáculos públicos.
-Representantes de comercio.
-Los trabajadores en el mar.
-Estibadores portuarios.
-Minusválidos que ejercen su actividad en Centros Especiales de Empleo.

Las condicioes laborales de los supuestos contemplados en el apartado B, tales como la jornada laboral, las vacaciones, las pagas extraordinarias..., están recogidas en normativas especiales, y se rigen por las reglas generales del Estatuto de los Trabajadores.

Una vez que ya hemos visto qué es un contrato de trabajo y cúales son sus elementos esencales, pasaremos a analizar las clases de contratos actualmente vigentes.